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Cascos para parapente: la norma EN 966

10/30/2020

3 Comentarios

 
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Los cascos para deportes aéreos (parapente, ala delta y aviones ultraligeros) se certifican en Europa bajo la norma EN 966. FOTO: J.I.G./VeC

No todos los cascos que se emplean para volar en parapente cumplen con los requisitos de la normativa específica para deportes aéreos. Influenciados por las actividades de hike & fly y el imperativo de reducción de peso, atraídos por un precio bajo o, simplemente, por desconocimiento, muchos pilotos y escuelas se equipan con productos que están lejos de ser lo adecuados que deberían. Conozcamos, a través de este artículo, algo más sobre el asunto.
 
Los cascos para uso en parapente tienen el cometido de proteger a su usuario de impactos sobre el cráneo. Para ello cuentan con una estructura que amortigua el choque, fundamentalmente a base de espuma (EPS, poliestireno expandido) circundada por un termoplástico que, entre otras funciones, también la preserva.
 
El impacto provoca la deformación y compresión de la estructura, proceso en el que se disipa la energía del choque. Tras la atenuación, la energía no absorbida y/o dispersada es la que recibe el individuo, del mismo modo que ocurre en los arneses (ver post). Algunas veces la deformación es irreversible (en ocasiones incluso se llega a la rotura) y el casco alcanza el final de su vida útil. Otras simplemente acorta su tiempo de uso aunque el producto pueda seguir empleándose con relativas garantías. Un meticuloso análisis tras un impacto, por muy pequeño que parezca, ayudará a decidir si se desecha un casco que quizás ya no funcione, siguiendo el necesario protocolo de seguridad que todo piloto debería respetar.  
 
Este artículo no pretende abordar el diseño idóneo de un casco en función de la actividad. Y por supuesto tampoco va a entrar en el eterno debate sobre la elección entre cascos “abiertos” e integrales. El objetivo es exponer que, a pesar de existir una normativa específica para cascos de parapente, no todos los que se usan la cumplen.
 
EN 966
Los cascos para deportes aéreos (parapente, ala delta y aviones ultraligeros) se certifican en Europa bajo la norma EN 966 (actualmente EN 966: 2012 + A1: 2012). Obtener la certificación sobre la norma garantiza que superan unas pruebas donde se emulan, en laboratorio, los efectos de los posibles impactos que pueden recibir en la vida real mientras protegen la cabeza de su usuario.
 
Las pruebas son diferentes y mucho más exigentes que las que deben superar, por ejemplo, los también populares cascos para montañismo, alpinismo y escalada certificados bajo la norma EN 12492. Y son distintas sencillamente porque cada actividad impone diferentes requisitos de protección. La violencia o el área de incidencia de los choques acostumbran a variar de unas prácticas a otras, y eso es algo que se debe tener en cuenta a la hora de realizar los test que desembocan en certificaciones.
 
Para cumplir con la EN 966 los cascos son más voluminosos y pesados pues la norma dice que tienen que estar preparados para cubrir mayor superficie del cráneo del usuario y ofrecer mejores resultados en caso de choques frontales, laterales o posteriores.
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Eso significa que, aunque muchos deportistas usen cascos pensados para emplear en la montaña en sus actividades de vuelo, o en las que se combina el alpinismo o la escalada con el parapente, la protección con la que cuentan en caso de impacto es menor. Además, los efectos de un posible accidente no están, en ningún caso, cubiertos por la garantía que aporta el fabricante. El uso se hace bajo su propia responsabilidad y la asunción de los riesgos, de los que incluso puede eximirse la compañía aseguradora, es exclusivamente suya.
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Casco para deportes de montaña normalizado EN 12492 fuera de su campo de utilización. Muchos usuarios escogen este tipo (bajo su propia responsabilidad) para actividades de hike&fly por su interesante relación peso-protección. FOTO: J.I.G.VeC
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Otro ejemplo de casco EN 12492 en un deporte para el que no ha sido certificado. FOTO: J.I.G. /VeC

Prestaciones similares, distintas normas
La protección que aportan los cascos que pasan la EN 966 es similar a la proporcionada por los cascos para snowboard y esquí alpino (que deben cumplir la EN 1077). Eso significa que sus prestaciones son parecidas, o incluso idénticas, en caso de impacto. Pero ello no quiere decir que los de esquí se puedan utilizar alegremente para deportes aéreos. Solo puede hacerse si han recibido “legalmente” la certificación y para ello el fabricante debe someterlos a dos pruebas diferentes (por muy similares o idénticas que sean en lo tocante a resistencia a la penetración, absorción del choque o capacidad de retención de su estructura textil, anclajes y sistemas de cierre) y abonar la cantidad correspondiente para recibir el lábel.

Ello nos lleva al concepto “normalización múltiple”, que implica el hecho de que un mismo casco recibe el certificado de cumplimiento de varias normas al mismo tiempo, y es por ello el idóneo para emplear en las actividades a que se refieren las pruebas.

Practicar diferentes disciplinas deportivas, o acometer aquellas que combinan acción en distintos decorados y situaciones, implica tener un gran fondo de armario y llevar la mochila repleta de “disfraces”, u optar por un casco “binorma”. O -nada recomendable- emplear útiles en circunstancias para las que no han sido diseñados, lo que en el caso de los cascos puede desembocar en importantes problemas de seguridad.
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Casco binorma certificado simultáneamente para cumplir la EN 966 y la EN 1077. FOTO: MSdD/ VeC
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A pesar de su enorme parecido y de superar pruebas similares, los cascos para esquí y snowboard no son adecuados para vuelo libre salvo que cuenten con la certificación específica. FOTO: J.I.G./ VeC
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Otro ejemplo de casco binorma (EN 12492 + EN 1077) que no es el más adecuado para deportes aéreos. FOTO: J.I.G./VeC

​La combinación de la norma EN 966 con la EN 1077 es habitual. Los cascos que cumplen ambas pueden ser ligeramente más caros que uno que solo cumple una de ellas, pero el resultado es muy interesante porque indica que te permitirá volar pero también esquiar o hacer snowboard con el mismo elemento. Recuerda que, como puede ocurrir con las compañías de seguros y los cascos para deportes aéreos, solo si un casco cumple la EN 1077 estás cubierto si desciendes por las pistas de determinadas estaciones de esquí o te apuntas a ciertos eventos o competiciones.  
 
También resulta frecuente que algunos fabricantes ofrezcan cascos que pasan la EN 1077 y la EN 1078 (bicicleta, skateboard y patinaje). No es tan usual, pero puede verse igualmente en el mercado, que algunos protectores tienen “triple norma”. EN 1077, EN 1078 y EN 12492 son las que cumplen al menos dos de los productos vendidos en la actualidad que, resultando interesante para muchos deportistas, lamentablemente tampoco son cascos que aporten las garantías legales que necesitan quienes practican el vuelo libre. Según nuestros datos solo uno cumple al mismo tiempo con las exigencias de la EN 966, EN 1077 Y EN º12492, lo que significa que la oferta no es muy abundante. 
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Algunos cascos para vuelo libre comparten detalles con los de esquí: forma, protección de las orejas, etc... Pero recuerda: no todos los cascos para deportes de nieve están certificados EN 966. FOTO: J.I.G./VeC
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Casco EN 966: la mejor elección para un alumno de parapente. FOTO: J.I.G./ VeC
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Casco EN 966: integral al que, además, puede acoplarse opcionalmente una pantalla de protección. FOTO: J.I.G./ VeC

Conclusión
La elección de un casco que cumple diferentes normas y/o está certificado para diversas disciplinas no es solo una excelente manera de ahorrar peso y volumen al acometer actividades que combinan varios decorados o disciplinas. Es la mejor garantía de estar protegido cuando se practiquen estas, además de un buen modo de rentabilizar la inversión -y tener más espacio en el armario- por contar con un único elemento de gran versatilidad.
 
Lamentablemente, con la oferta actual del mercado eso es posible únicamente para los pilotos de parapente en el caso de que elijan uno “normalizado” para deportes aéreos y esquí. Hasta hace muy poco no teníamos constancia de que ningún fabricante ofreciera productos que cumpliesen a la vez con la EN 966 y la EN 12492, que a la postre son las actividades que más se compaginan, especialmente en el hike & fly. Parece que estamos de enhorabuena y esperamos que la idea cale entre más fabricantes.
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Pilotos y pasajeros de vuelos biplaza comerciales estarán mejor protegidos -en todos los sentidos- si emplean cascos certificados EN 966. FOTO: VeC
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Abiertos o integrales, los cascos EN 966 son la mejor opción para pilotos recreativos o competidores. FOTO: J.I.G./ VeC

Nuestra recomendación es la de emplear, siempre que no haya más remedio, un casco con una protección superior a la exigida por la norma incluso sabiendo que legalmente se está desamparado. Entre volar con un casco que pasa la EN 12492 y realizar una ascensión de montaña pre-vuelo equipado con uno que cumple la EN 966, esta última opción parece más razonable.
 
Sin embargo habrá deportistas que, con la finalidad de reducir peso y volumen, elijan siempre bajo su responsabilidad y del mismo modo que ocurre con quienes emplean arneses sin protección, preservar su integridad con un casco que supera unas pruebas menos exigentes que las ideadas para deportes aéreos. Es respetable, por supuesto, pero también es bueno que cuenten con información para que su elección se realice libremente.
 
Cuando el peso no es un problema lo razonable parece usar cascos certificados EN 966. No tiene sentido escoger uno que está certificado conforme a una única norma, pero optar por una pensada para deportes de nieve en lugar de para deportes aéreos es a todas luces incongruente.
 
Pilotos y pasajeros de vuelos biplaza comerciales, alumnos en fases de iniciación, progresión, pilotos que realizan vuelos recreativos, acróbatas, competidores en mangas de distancia y/o velocidad, etc… no pueden ir mejor respaldados por otro elemento que no sea un casco que pase la norma EN 966.
 
Contar con la garantía de la mejor protección, tanto real como legal, es fundamental. Sin tener en cuenta el aval que significa participar en una prueba (competición, concentración…) cuya reglamentación exija material normalizado, supuesto sin el cual resultará imposible la participación.
 
Ah, recuerda que por muy certificados que estén, los cascos no son eternos. Renovarlos en los plazos indicados por el fabricante, o incluso antes si han sufrido impactos o una gran exposición a los rayos solares, es vital si se quiere mantener la seguridad.
 
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3 Comentarios
Juan Miguel Olmo
10/30/2020 11:44:28 pm

Hola. Estupendo artículo!! Sobre todo porque tratas y analizas muy bien uno de nuestros mas importantes elementos de protección y no hay mucha información disponible al respecto, y menos en español.
Aportar mi granito de arena por si puede ser útil. Buscando cascos .. el año pasado , llegué la conclusión de que los cascos en-1077 (sky, snowboard) son en muchos casos mejores que los que se ofrecen explícitamente para parapente. Curiosamente, luego encontré esta nota de la FAI que en cierto modo también avala mi opinión:
https://www.fai.org/page/helmets-paragliding
Saludos

Responder
Volar en Compañía link
10/31/2020 10:35:38 am

Gracias por tus palabras y aportación JuanMi.
Sobre lo que dices de los cascos EN 1077 decirte que actualmente las pruebas de penetración e impactos son equivalentes, con lo que en ningún caso un casco EN 1077 será mejor que uno EN 966 salvo que se comparen productos de diferente calidad o que estén normalizados con criterios anteriores a los actuales. Si la comparativa se realiza entre artículos muy dispares, los resultados serán diferentes. En lo que evidentemente nunca superará un caso EN 1077 a uno EN 966 es en la legalidad. De hecho, la nota a que te refieres habla de cascos de doble certificación, en ningún caso de utilizar un casco EN 1077, sino que recomiendan cascos que sean EN 966 (por obligatoriedad en el cumplimiento de la normativa legal vigente) + EN 1077 para reforzar el criterio de protección de una norma que actualmente no es EN 966 sino EN 966: 2012 + A1:2012 al haberse modificado determinados parámetros.
En el artículo nos hemos limitado a exponer, sobre todo, las disposiciones legales pero como podrás entrever defendemos la libertad individual de elección donde alguien puede escoger un casco para esquí porque lo considere más idóneo (aunque estará al margen de determinadas coberturas), uno de montaña (sacrificando seguridad pero ganando ligereza, algo a lo que se han rendido hasta competiciones como la Red Bull X-Alps -solo hay que ver el casco que llevaba el ganador de la última edición, exclusivamente certificado EN 12492-).
Es por ello que, agradeciendo tu participación, como te reiteramos a lo largo de todo este texto, te recomendemos que si optas por uno de esquí sea también EN 966 (doble normalización), consejo que como ves compartimos con la FAI.
Un fuerte abrazo y ya sabes ¡aquí eres siempre bienvenido!

Responder
Diego Yepes
7/5/2021 04:10:15 pm

Hola, gracias por tan claro artículo, solo quiero hacerte una pregunta, Algunos cascos de competicion de snowboard y ski tambien tienen una certificacion FIS RH 2013, que sabes de ella y como la compararias con la EN966?

Por lo que he averiguado los cascos en esta certificación deben cumplir la EN1077 y la ASTM F2040 con pruebas aun mas severa que esas 2 certificaciones.

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